El Congreso del Estado envió una iniciativa al Congreso de la Unión, en la cual propone reformar la Ley General de Salud, con la finalidad de sancionar a servidores públicos y profesionistas de la salud que suministren medicamentos o vacunas falsas o caducas.
La reforma recae en el artículo 464 ter, para quedar redactada de la siguiente manera: A quien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos falsificados, alterados, contaminados, adulterados, caducos o cuya vida útil haya concluido ya sea en establecimientos o en cualquier otro lugar; o bien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte materiales para envase o empaque de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, sus leyendas, información que contenga números o claves de identificación, que se encuentran falsificados, alterados o adulterados, le será impuesta una pena de uno a nueve años de prisión y multa de veinte mil a cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.
La OMS ha destacado que los medicamentos falsificados son productos peligrosos, ya que promueven la resistencia de la enfermedad a los fármacos y pueden empeorar las condiciones médicas o incluso causar la muerte. Se estima que están presentes en todos los mercados y que se están incrementando a medida que los métodos de falsificación se vuelven más sofisticados.
Dentro de la misma Ley General de Salud, se observa la prohibición de la venta y suministro de medicamentos caducos; sin embargo, no se prevé una sanción para las conductas referidas, por ello es que se hace la propuesta al Congreso de la Unión.
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